DEFENSA DE DEPORTACION/REMOCION

Nuestro bufete tiene una experiencia extensa antes las Cortes de Inmigración (Oficina Ejecutiva de Inmigración antes el Departamento de Justicia) en Arlington, VA y en Baltimore, MD al igual que en muchos otros estados. Si usted ha recibido una notificación para comparecer ante la Corte de Inmigración podemos ayudarle para determinar sus mejores opciones y para guiarles en cada paso de este proceso hasta la conclusión de su caso de deportación/remoción.

Procesos Para Ser Liberados de Detención

Si usted o un familiar está detenido por ICE o por CBP (oficiales de inmigración/aduanas o de la patrulla fronteriza) y necesita determinar sus derechos legales nosotros tenemos una experience extensa en este proceso. Dependiendo de las circunstancias de su detención usted puede ser elegible para pedir y pagar fianza a ICE or para pedirle a la Corte de Inmigración una moción para fianza para poder salir libre. Nuestros abogados pueden comparecer por teléfono en cualquier estado para ayudar a las personas para sus entrevistas de Temor Creíble. Nuestro bufete ha trabajado con las oficinas locales de ICE/ERO para pedir fianzas para que puedan estar en libertad mientras el proceso de la Corte de Inmigración esté pendiente.

Si un miembro de su familia ha recibido una orden final de deportación aún hay opciones para dilatar o posponer su salida del país con solicitudes para Detener la Deportación a ICE demostrando penurias humanitarias a su familia.

Asilo

La ley de asilo está evolucionando contínuamente y es una área de la ley de inmigración la cual puede ser extremadamente compleja. En general una persona tiene que demostrar que teme persecución en su país, a manos del gobierno o de un grupo el gobierno no puede controlar, por causa de su raza, religión, nacionalidad, opinión política, o por ser miembro de un grupo particular social. Cada uno de estos factores tiene muchos matices diferentes. Le ayudaremos para determinar cual es la mejor base para poder ganar su asilo. Como alternativa al asilo, existe la ley de Retención de la Deportación y la Ley de la Convención en Contra de la Tortura

Cancelación de la Deportación/Remoción (para Residentes Permanentes y para No-Residentes Permanentes)

Bajo algunas circunstancias, comparecientes ante la Corte de Inmigración que no son residentes permanentes pueden pedir Cancelación de la Deportación si han vivido en el país por mas de 10 años, han sido personas de buen carácter moral, y su deportación resultaría en una penuria extrema a sus padres, cónyuges, o hijos ciudadanos o residentes. Individuos que ya son residentes pero se encuentran bajo deportación pueden solicitar cancelación si han sido residentes por más de 5 años, han vivido en el país por más de 7 años y no han cometido ninguna felonía.

NACARA

La Ley de Ajuste Nicaragüense y de Relevo para Centro Americanos (NACARA) aplica no solo a Salvadoreños, Guatemaltecos, y Nicaragüenses que solicitaron asilo/TPS a principios de los 1990's sino también a muchas otras personas que pueden calificar por sus vínculos familiares a esas personas. Si sus padres recibieron NACARA cuando usted aún soltero y menor de 21 años de edad, usted puede ser elegible para NACARA como derivado. También existe la posibilidad de obtener NACARA en Corte de Inmigración si llena ciertos requisitos.

Mociones de Reapertura

Mociones de reapertura pueden ser presentadas ante la Corte de Inmigración para reabrir procesos de deportación baja ciertas circunstancias limitadas para volver a pedir relevo a la corte para no ser deportado.

Apelaciones

Si usted ha recibido una decisión negativa de un Juez de Inmigración usted puede tener opción de apelar a la Junta de Apelaciones y luego a las Cortes Federales.